Español · Català · English

Blog

#Patrimonio y #EmpresaFamiliar

La Ley 22/2013, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2014 prorroga durante 2014 la exigencia del gravamen del Impuesto sobre el Patrimonio. El Real Decreto-ley 13/2011, de 16 de septiembre, restablecía dicho Impuesto sobre el Patrimonio con temporalidad para los ejercicios 2011 y 2012 aunque, con posterioridad, dicha vigencia era prorrogada a través de la Ley 16/2012, de 27 de diciembre, por la que se adoptan diversas medidas tributarias dirigidas a la consolidación de las finanzas públicas y al impulso de la actividad económica.

A continuación analizamos la doctrina de la DGT y del TEAC y la jurisprudencia de la Audiencia Nacional y del Tribunal Supremo – de los últimos dos años – en relación con la exención en el mismo de las PARTICIPACIONES EN EMPRESAS FAMILIARES, ya que su exención en el IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO es, a menudo, condición necesaria para aplicar posteriormente los beneficios previstos en el IMPUESTO SOBRE SUCESIONES Y DONACIONES para su transmisión, sea “mortis causa” (herencia) o lucrativa “inter vivos” (donación).

Puedes encontrar toda la información al respecto en nuestra Circular Extraordinaria sobre Patrimonio y Exención de Participaciones en Empresas Familiares.

Related Posts

Leave a Reply

SÉNEOR ABOGADOS Y ECONOMISTAS es una marca registrada por la sociedad de responsabilidad limitada con la misma denominación, que no tiene actividad directa ante clientes, siendo los despachos socios de la misma los únicos responsables por los servicios que presten a sus clientes (con plena indemnidad para Séneor y para los restantes despachos).